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¿Merece la pena cancelar un préstamo anticipadamente?

¿Es rentable cancelar una deuda antes de tiempo?

Es muy habitual en un momento de necesidad, o simplemente para llevar a cabo una inversión, el solicitar un préstamo personal.

Generalmente, con el paso del tiempo, si la cosa va bien, nos podemos llegar a plantear su amortización o cancelación. Sin embargo, ¿es rentable? ¿Merece la pena? Aquí vamos a explicarte todo lo que debes saber al respecto para que saques tus propias conclusiones al respecto.

Qué debes saber a la hora de hacer una cancelación anticipada de un préstamo personal

Cancelar un prestamo anticipadamente es un tema más complejo de lo que puede parecer. Esto se debe a que la amortización conllevará un importante ahorro en los costes financieros del crédito, pero también te obligará, presumiblemente, a hacer frente a determinadas comisiones de cancelación.

En este sentido, es bastante frecuente que los bancos, con el objetivo de mantener a salvo sus ganancias por intereses, fijen, en el momento de la firma, un importe mínimo o una fecha tope para acometer la amortización.

En caso de no ser así, la entidad se puede acoger a lo dispuesto en la Ley 41/2007 de Regulación del Mercado Hipotecario, que las fija en un 0,5 % del capital amortizado cuando la cancelación se produce durante los primeros 5 años de vida del crédito, y en un 0,25 % si se produce con posterioridad.

Por su parte, en caso de que trates de cancelar un prestamo antes de tiempo, el banco puede obligarte, al tratarse de una rescisión unilateral del contrato, a hacer frente a los gastos gestoría, notaría y registro que se deriven de la operación, los cuales pueden oscilar entre los 150 y los 300 euros, dependiendo del caso.

Sin duda, lo mejor es que, antes de tomar una decisión, acudas a la oficina de la entidad financiera y pidas que te aclaren todas las dudas y condiciones pactadas.

¿Es mejor reducir la cuota o cancelar totalmente un préstamo personal?

Existe una alternativa a la cancelación total del préstamos personal. De hecho, más bien, podríamos hablar de dos. En este sentido, puedes optar por reducir la cuantía de la cuota del préstamo mediante la amortización parcial de la deuda o, en su defecto, descontar determinado tiempo del que te queda por pagar.

Esta opción, por lo general, suele ser la preferida de aquellos que padecen cierta inestabilidad laboral y económica. Al fin y al cabo, no siempre se sabe qué puede pasar mañana y desprenderte de todos tus ahorros es bastante arriesgado.

Para que te hagas una idea más aproximada, vamos a ponerte un ejemplo. Imagina que has solicitado un préstamo personal a devolver en 5 años y por un valor de 10 000.

Al poco tiempo de su concesión, estás en disposición de amortizar 3000 euros. En función del TAE vigente y pactado en el momento de la firma, si optas por reducir la cuantía de la cuota, puedes llegar a ahorrarte un 40 % del total de los intereses del crédito. Asimismo, si redujeses el tiempo de devolución, el ahorro podría llegar al doble.

Entonces ¿Cuál es la mejor opción, la amortización parcial que la total?

Lo cierto es que depende del caso.

Y es que las condiciones pactadas pueden variar. En cualquier caso, es imprescindible tener en cuenta el plazo que falta para la devolución íntegra, los intereses que aún no se han pagado y las posibles comisiones y gastos asociados a la amortización. Solo así sabrás que te resulta más rentable.

Ventajas de cancelar un préstamo personal antes de tiempo

Estas son las principales ventajas de las que podrás disfrutar si optas por cancelar un prestamo anticipadamente:

  1. Ahorro considerable en la cantidad de intereses pagados a la entidad financiera.
  2. Volverás a disponer de la totalidad de tu dinero o, al menos, de la correspondiente a la cuota mensual que tuvieses que pagar.
  3. Tendrás la posibilidad de acometer otras inversiones y pedir otros créditos diferentes.
  4. Darás buena imagen frente a tu banco y en los registros de control de crédito existentes, lo que te ayudará a obtener financiación de forma más sencilla en el futuro ya que serás considerado como un buen pagador.

Inconvenientes de cancelar un préstamos personal

Como es obvio y ya hemos dejado entrever en parte de este artículo, cancelar un prestamo antes de tiempo también trae acarreados algunos inconvenientes que debes tener en cuenta. De forma resumida, podemos decir que son los siguientes:

  1. Tendrás que pagar comisiones de cancelación, las cuales pueden oscilar entre el 0,25 % y el 1 % del capital amortizado. Deberás echar números, teniendo en cuenta los que pagas en cada cuota y el tiempo que te queda para amortizarlo por completo, para saber si te resulta rentable abonarlas o no.
  2. Es posible que tengas que acarrear con determinados gastos de gestión. Al ser una amortización unilateral, la cual conlleva la rescisión del contrato de crédito, el banco puede entender que tú eres el responsable de pagar a un posible notario, asesor, etc.
  3. También puedes quedarte sin ahorros y, en un futuro cercano, tener problemas de trabajo o verte obligado a hacer frente a algún gasto inesperado.
¿Son legales los cobradores de deudas?

¿Es legal el trabajo de un cobrador de deudas?

Tener una deuda puntual con un banco o una empresa de créditos puede convertirse en un infierno. Al hecho de que incluyan a uno en un fichero moroso, haciendo que sea difícil o imposible solicitar un crédito en el futuro, se une en algunos casos el acoso por parte de las empresas de recobro.

Es de sobra conocida la figura del “Cobrador del frac”, que con su pintoresco atuendo se encarga de perseguir y poner en evidencia a quienes deben dinero a un tercero.

La táctica es muy simple: atosigar al moroso para que pague, yendo disfrazado (incluso de torero, oso o pantera rosa) a los sitios que frecuenta, pregonando su deuda ante amigos y familiares y, en definitiva, molestando tanto que al final se prefiera pagar lo adeudado sea como sea. Pero, ¿cómo debe actuar quien reciba la visita de este personaje, o sea acosado telefónicamente por una empresa de recobros?

Veamos algunos puntos al respecto:

¿Qué puedo hacer si viene un cobrador de deudas?

En primer lugar hay que tener en cuenta que la gestión del cobro de una deuda por parte de una empresa de créditos es legal. Al fin y al cabo, se ha firmado un contrato entre el prestamista y el prestatario, y si se ha llegado a esta situación es porque no se ha respetado el acuerdo.

No obstante, lo que roza la ilegalidad o incluso la cruza es el acoso al que ciertas empresas de cobro de deudas someten a los morosos. Hay que apuntar que España y Portugal son los únicos países de la Unión Europea en los que no existe un marco legal para estos procesos.

¿Es legal que te siga un cobrador de deudas?

Lo cierto es que, si se consulta el artículo 18 de la Constitución Española, que vela por el respeto a la intimidad personal, el honor y la imagen de cada ciudadano, es evidente que acciones tales como llamar a familiares y amigos del moroso, o ponerle en evidencia en su lugar de trabajo no son legales.

En muchos casos ya, este tipo de ataques por parte de las empresas de concesión de créditos han sido condenados por los tribunales, imponiéndose multas importantes.

El problema es la dificultad que supone denunciar la persecución de un cobrador de deudas. Algunos expertos recomiendan, en casos de acoso telefónico, grabar las conversaciones y después denunciar.

Esto puede ser muy efectivo en casos de atosigamiento extremo, sobre todo porque algunos cobradores de deuda llegan a insultar y amenazar al moroso, y a llamarle hasta 50 o más veces al día.

¿Se considera acoso que te siga un cobrador de deudas?

Los límites éticos son el factor a tener en cuenta a la hora de considerar acoso el recobro de una deuda. Y, por desgracia para los morosos, en muchos casos dichos límites ni siquiera existen.

Así, es habitual que los cobradores empleen todo tipo de amenazas (inclusión en el fichero de morosos, intereses de demora que se multiplican cada día que se mantiene el impago, denuncia ante los tribunales, etc.), y que procedan a hacer la vida imposible a su presa, no solo persiguiéndole por la calle y acudiendo a los lugares que frecuenta, sino llamándole por teléfono decenas de veces cada día. Y, en respuesta a la pregunta, no cabe duda de que todo esto es efectivamente acoso.

El problema es que, quien lo sufre, aparte de que normalmente no paga su deuda porque no puede, carece de medios para defenderse. A su favor juega que, con el paso de los años, son más y más los casos en que un juez ha fallado a favor del acosado, imponiendo multas muy graves a las empresas de créditos que operan sin ningún tipo de ética y atentan contra la intimidad personal.

¿Es legal el acoso telefónico por empresas de recobro?

El acoso telefónico por empresas de recobro

En los últimos años hemos visto, con absoluta preocupación, un aumento desproporcionado en las prácticas – o malas prácticas – de acoso telefónico, por parte de las denominadas empresas de recobro hacia las personas naturales en España.

Estas entidades, conocidas también como empresas de cobro de morosos, son las encargadas de mediar entre acreedor y deudor cuando este último ha excedido su plazo para resarcir la deuda contraída.

Sin embargo, actuando al margen de la ley, en no pocos casos, estas empresas de recobro se convierten en verdaderos acosadores.

Para saber hasta qué punto la ley respalda su accionar y qué podemos hacer para protegernos como clientes, queremos compartir contigo esta entrada en la que vamos a darte el conocimiento necesario para hacer frente a la persecución telefónica y, al mismo tiempo, importantes consejos que estamos seguros de que agradecerás.

El acoso telefónico, es una práctica cada vez más común entre las empresas de recobro,

La práctica cada vez más común y molesta de acoso telefónico inquieta ya a una gran parte de la población española. ¡Que levante la mano quién no ha sufrido alguna vez este tipo de spam telefónico! Sobre todo en los duros tiempos de crisis.

Ahora sentemos las bases para explicar en detalles qué es una empresa de recobro o cobro de morosidad. Las entidades financieras – esas que supuestamente nos salvan cuando estamos al borde del colapso económico – raramente recurren, como primera instancia, al juzgado. Sino que, cuando un determinado cliente ha vencido el plazo previsto para saldar su deuda, estas hacen hasta lo imposible por recuperar su préstamo, además de sus intereses –por supuesto-.

Es entonces cuando las empresas de recobro comienzan a jugar un papel en esta historia. Las entidades financieras depositan en ellas la responsabilidad de cobrar las deudas expiradas. A cambio, un porciento bastante jugoso de los fondos cobrados va a papar a manos de las instituciones de cobro de morosos y, de esta forma, todos felices menos el deudor.

Es justo que los bancos o prestamistas quieran recuperar el dinero que han cedido a los deudores cuando estos más lo necesitaban. Lo que resulta desdeñable es que, en ocasiones, las empresas a las que les confían estas tareas hacen un abuso desmedido de sus prácticas nocivas y mezquinas.

¿Cómo funcionan las empresas de recobro al teléfono?

Si bien pueden existir ligeras diferencias en las prácticas y políticas de trabajo entre cada una de ellas, el accionar es similar y se puede descomponer en los pasos que enunciaremos a continuación.
Llamadas aisladas. Así es, todo comienza por llamadas entre las que media un largo periodo de tiempo.

Todo ello durante los primeros días –incluso semanas-. Estos avisos suelen tener un perfil bajo, o sea más bien informativos y explicativos. En cada una de las llamadas se alude al pago inmediato de la deuda, siempre de una manera cordial y amable.

Si lo anterior no surte efecto entonces es cuando comenzará tu verdadero dolor de cabeza. Las llamadas ya no serán tan aisladas y los tonos de las conversaciones serán más amenazantes. Usualmente comienzan a salirse de los horarios nobles para volverse una astilla molesta que interrumpe reuniones, almuerzos, cenas, espacios familiares e incluso, el propio sueño.

Justo cuando pensábamos que la situación no podía ponerse peor ocurre todo lo contario. Comienza el acoso también a familiares. En varios de los casos se ha demostrado que, además, pueden llegar hasta amigos y vecinos. Informan a todos ellos de los datos particulares de tu deuda y los instan a mediar en el pago.

Desde luego, los familiares allegados son los mayores implicados, ya que se les suele decir que de no pagar la deuda comenzarán un proceso legal. Nadie quiere ver a un pariente involucrado en los juzgados.

Pero ¿Es legal este acoso telefónico?

Esta es la pregunta más importante cuando hemos llegado a un punto en el que el acoso se ha vuelto irresistible.

En temas legales siempre caben las interpretaciones. Hay que comenzar explicando que España es el único país de la Unión Europea que no regula este tipo de empresas. Por lo cual es frecuente que pensemos que están actuando al margen de la ley cuando, en realidad, no lo hacen. No obstante, el vacío legal existente da paso a prácticas de cobros ilícitos.

Sus prácticas se parecen a la de los cobradores de deudas convencionales. Dentro de los medios no lícitos que figuran en el accionar de este tipo de empresas se encuentran: las llamadas excesivamente reiteradas y en horas inadecuadas al teléfono celular o teléfono fijo del deudor; así como la divulgación de los datos privados del deudor a familiares, vecinos o amigos que pueda poner al descubierto la situación de morosidad.

Como conocimiento general, puede considerarse ilícita cualquier acción por parte de la institución de cobro de morosidad que amenace o coaccione al deudor.

¿Cómo podemos denunciar el acoso telefónico de un banco o una empresa de telefonía?

Como hemos expresado anteriormente, existe un vacío legal entorno al actuar de las empresas de recobro. No obstante, si sientes que tu dignidad ha sido vulnerada por alguna de estas entidades, siempre hay algo que puedes hacer. Podrás interponer una denuncia ante la Oficina del consumidor más cercana o bien en FACUA.

Por otra parte, la Agencia Española de Protección de Datos pudiera mediar en un proceso contra aquellas empresas que han divulgado información sensible sobre tu estado de morosidad. De manera general, siempre que se viole el derecho a la protección de datos personales.